Basándose en 5 indicadores de trabajo forzoso de la OIT (Organización Internacional del Trabajo), el Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras (CBP) ha emitido una orden de retención (Withhold Release Order), o WRO, para el azúcar en bruto y los productos a base de azúcar producidos por el mayor productor de la República Dominicana.
Esfuerzos en curso
Esta orden de retención de productos azucareros sin refinar es el último de una serie de esfuerzos del CBP para hacer frente a los abusos de los derechos humanos en todo el mundo. Por ejemplo, estos abusos de los derechos humanos incluyen el trabajo forzoso y la servidumbre por contrato. En septiembre, el SGL informó sobre la entrada en vigor de la Ley de Prevención del Trabajo Forzoso Uigur. Esta ley establece la presunción de que cualquier producto fabricado en la región de Xinjiang, o fabricado por cualquier entidad que figure en la lista de entidades de la UFLPA, ha sido producido mediante trabajo forzoso.

¿Qué es una orden de retención de la puesta en libertad?
Las órdenes de retención de mercancías son una medida destinada a impedir que los productos fabricados mediante trabajo forzoso entren en los Estados Unidos. Una de las principales prioridades de la CBP es identificar e investigar las denuncias de trabajo forzoso en las cadenas de suministro. Si se encuentran pruebas de trabajo forzoso, se puede impedir la entrada de los productos en los Estados Unidos o la CBP puede incautarlos para llevar a cabo una investigación más exhaustiva.
«La CBP define el trabajo forzoso como todo trabajo o servicio que se exige a una persona bajo la amenaza de una sanción por su incumplimiento y que el trabajador no presta de forma voluntaria. El trabajo en régimen de servidumbre se define como el trabajo o servicio realizado en virtud de un contrato, cuyo cumplimiento puede exigirse mediante procedimientos judiciales o sanciones. Esto incluye el trabajo infantil forzoso o en régimen de servidumbre».
https://www.cbp.gov/trade/forced-labor

Impacto en los importadores de azúcar
Esta WRO de azúcar, efectiva a partir del 23 de noviembre de 2022, tendrá un impacto significativo en los importadores de azúcar. La CBP retendrá el azúcar en bruto y los productos a base de azúcar de este productor en todos los puertos estadounidenses. En consecuencia, si un envío es detenido, CBP emitirá un aviso de detención. Los importadores dispondrán de 3 meses para presentar documentación que demuestre que los productos no han sido fabricados con trabajo forzoso. De lo contrario, deberán exportar los envíos. Las WRO están activas hasta que se modifican o revocan.
En consecuencia, es más importante que nunca trazar y conocer su cadena de suministro. Cualquier persona u organización que tenga motivos para creer que se están importando o es probable que se importen en Estados Unidos mercancías producidas con el uso de trabajo forzoso puede notificar las denuncias detalladas poniéndose en contacto con el CBP a través del Sistema de Notificación de Infracciones Comerciales en Línea e-Allegations o llamando al 1-800-BE-ALERT.
Consulte aquí el comunicado de prensa completo del CBP .
Aquí encontrará una lista de todas las WRO.










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